Investiga y persigue los hechos que la ley señala como delitos del orden federal contenidos en el Título Décimo, del Libro Segundo, del Código Penal Federal , debiendo concentrar los asuntos conexos o relacionados con el ámbito de su competencia, cuidando su integridad y no fragmentación, aun aquellos que versen sobre delincuencia organizada; establece planes y programas para detectar, informar y fomentar la cultura de la denuncia de los hechos de corrupción; diseña e implementa mecanismos de colaboración con autoridades que ejercen facultades de fiscalización, con el fin de fortalecer el desarrollo de sus investigaciones, y tramita y resuelve los procedimientos de responsabilidad que se inician contra la persona titular del Órgano Interno de Control.

Estructura:
Supervisa la operación y actuación de las Unidades Administrativas siguientes:

Fiscalía Especial en Delitos por Hechos de Corrupción de Impacto Social


 Conoce de los hechos que la ley señala como delitos en materia de corrupción que afecten el funcionamiento de programas sociales y a grupos de población o comunidades vulnerables, debiendo atender los asuntos conexos o relacionados.

Fiscalía Especial en Delitos por Hechos de Corrupción relacionados con Áreas Estratégicas del Estado


 Conoce de los hechos que la ley señala como delitos de corrupción cuando afecten, incidan o se relacionen con la operación de alguna de las áreas estratégicas del Estado Mexicano previstas en el artículo 28 de la Constitución, debiendo atender los asuntos conexos o relacionados.

Fiscalía Especial en Delitos por Hechos de Corrupción relacionados con el Sistema Financiero y Áreas de Riesgo


 Conoce de los hechos que la ley señala como delitos de corrupción relacionados con el sistema financiero nacional e investiga cualquiera de las actividades vulnerables de las previstas en el artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, debiendo atender los asuntos conexos o relacionados.

Fiscalía Especial de Delitos por Hechos de Corrupción Diversos


 Conoce de los hechos que la ley señala como delitos en materia de corrupción cuando no sean competencia de otra Fiscalía Especial adscrita a la FEMCC, debiendo atender los asuntos conexos o relacionados.

Sistema de Gestión

Antisoborno

Con el propósito de prevenir, detectar y enfrentar de manera eficaz cualquier acto de soborno en el proceso de inicio, integración y determinación de carpetas de investigación, la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (FISEL) ha implementado el Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS), conforme a los lineamientos de la Norma Internacional ISO 37001:2016.

Este sistema integra directrices, procedimientos y controles orientados a asegurar que la actuación ministerial y administrativa se desarrolle con estricto apego a la legalidad, responsabilidad institucional y principios de transparencia.

De igual forma, el SGAS establece mecanismos de denuncia seguros y confidenciales, que garantizan la protección de los denunciantes, fortalecen la confianza ciudadana y consolidan una cultura organizacional de integridad y cero tolerancia al soborno.

La FISEL pone a disposición de las personas servidoras públicas bajo su adscripción y de la ciudadanía en general la siguiente Política Antisoborno.

María de la Luz Mijangos Borja
Titular de la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción